Notificaciones telemáticas

NOTIFICACIONES TELEMÁTICAS

Las empresas están obligadas a recibir las notificaciones de la Seguridad Social y de la Agencia Tributaria de forma telemática, por ello es necesario acceder regularmente a la plataforma de ambas Administraciones para estar al día de los avisos.

Aunque no se tenga obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, se puede solicitar de forma voluntaria.

¿Cómo funcionan las notificaciones?

Para poder acceder a las notificaciones es necesario disponer de un certificado digital.

En Seguridad Social

Las notificaciones telemáticas que practicará la Seguridad Social te avisarán de:

  • Reclamaciones de deudas
  • Providencias de apremio
  • Exenciones
  • Devoluciones de ingresos indebidos
  • Actuaciones y procedimientos en materia de Seguridad Social

[…]

En Hacienda

Las notificaciones telemáticas practicadas por la Agencia Tributaria te avisarán de:

  • Providencias de apremio
  • Diligencias de embargo
  • Inicio de una inspección fiscal
  • Expediente sancionador
  • Propuestas de liquidación

[…]

Una vez notificadas, hay un plazo de 10 días naturales para acceder a su contenido, de no hacerlo, se entenderán realizaras y el procedimiento continuará con normalidad.

Los efectos de la notificación empezarán a contar desde el momento en que se acceda a ella, o una vez transcurra el plazo de los 10 días naturales.

Existe la posibilidad de solicitar un periodo de tiempo, que como máximo puede ser de 30 días al año, en el que la Administración no puede practicar notificaciones; conocidos como “Días de cortesía”.

Para ello es necesario comunicárselo a la Administración correspondiente con una antelación mínima de 7 días al comienzo del periodo de descanso.

 

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