¿Qué es el recargo de equivalencia y cómo funciona?

ayudas

¿QUÉ ES EL RECARGO DE EQUIVALENCIA Y CÓMO FUNCIONA?

El recargo de equivalencia es un tipo especial de IVA que afecta a los minoristas, sean autónomos, sociedades o comunidades de bienes.

Por minoristas se entiende aquellos comerciantes que se dedican a la venta de productos sin haber participado en el proceso de fabricación o transformación, es decir;  que actúan como intermediarios entre el fabricante y el consumidor final.

¿Cuándo se aplica?

Se aplicará siempre que las ventas a los consumidores finales durante el año anterior supongan un mínimo del 80% de las ventas totales.

Existen excepciones, que aun cumpliendo el requisito anterior no será necesario aplicar el recargo de equivalencia.

  • Embarcaciones y buques.
  • Aviones, avionetas y demás aeronaves.
  • Accesorios y recambios de medios de transporte.
  • Maquinaria de uso industrial.
  • Joyas y piedras preciosas.
  • Obras de arte, antigüedades y objetos de colección.
  • Entre otros

¿Cómo funciona el recargo de equivalencia?

Cuando un comerciante minorista está en recargo de equivalencia debe hacer frente a un porcentaje de IVA superior a lo normal.

Puesto que el minorista es quien debe afrontar el pago, será necesario avisar al proveedor de que está acogido a este recargo, pues será este quien aplique en su factura el recargo de equivalencia, diferenciándolo del IVA soportado. En caso de ser proveedores intracomunitarios, deberá acreditarse ante la aduana.

El minorista tiene la obligación de llevar un libro de registro de facturas recibidas sometidas a recargo de equivalencia.

Cuotas:

Existen diferentes cuotas en función del IVA aplicado:

  • Para el IVA general del 21%, el recargo de equivalencia es 5.2%
  • Para el IVA reducido del 10%, el recargo de equivalencia es 1,4%
  • Para el IVA reducido del 4%, el recargo de equivalencia es del 0,5%
  • Para el tabaco, el recargo de equivalencia es 1,75%

Ejemplo factura con recargo de equivalencia:

Compra de zapatillas deportivas por un importe de 3500 Euros.

Base: 3500 Euros

I.V.A (21%): 735 Euros

Recargo de equivalencia (5,4%): 189 Euros

Total Factura: 4.424 Euros

Ventajas e inconvenientes:

Ventajas:

  • Simplifica el trabajo administrativo, puesto que no tienen la obligación de presentar las declaraciones de IVA.

Inconvenientes:

  • El recargo de equivalencia no se puede deducir, por lo que supone un coste de adquisición mayor.

 

  • Share:

Enviar Consulta

En cumplimiento del RGPD y la LOPDGDD, le informamos que RAMAJO ASESORES es Responsable del tratamiento de sus datos con la finalidad de gestionar el contacto con usuarios de esta web y, en caso de obtener su consentimiento, el envío de comunicaciones comerciales. Tiene derecho a acceder a sus datos, rectificarlos u oponerse al tratamiento, así como otros derechos, como se explica en nuestra Política de Privacidad

¡Mensaje enviado!