Ayudas para trabajadores desempleados

AYUDAS PARA TRABAJADORES DESEMPLEADOS

Existen varias ayudas para un trabajador que se encuentra desempleado:

  1. Prestación por desempleo “Paro”

Es lo que cobra un desempleado gracias a lo que cotizó mientras estaba trabajando. Dicha prestación es abonada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Para poder cobrar esta prestación es necesario que se cumplan una serie de requisitos:

  • Encontrarse en situación de desempleo, siendo necesario que la pérdida del trabajo haya sido de forma involuntaria (por despido, finalización del contrato…).
  • Estar inscrito como demandante de empleo y suscribir el compromiso de actividad, es decir; aceptar ofertas de empleo que se adapten a tu perfil, participar en programas de información, formación, orientación que le ofrezcan los Servicios Públicos de Empleo.
  • Haber cotizado un mínimo de 360 días en los últimos 6 años.
  • No haber cumplido la edad de jubilación.

¿Cuánto se cobra?

Durante los 6 primeros meses (180 días) se cobra el 70% de la base reguladora del trabajador, y a partir del séptimo mes se cobra el 50% de dicha base.

¿Cuánto tiempo se cobra?

El tiempo durante el cual se cobrará la pensión dependerá de lo que haya cotizado durante los últimos 6 años.

¿Dónde y cuándo se solicita?

Se debe solicitar bien en las propias oficinas del SEPE o de forma telemática en el portal del SEPE.

El plazo para presentarlo es de 15 días hábiles siguientes al último día trabajado.

2. Prestaciones asistenciales “Subsidio por desempleo”

¿Quién tiene derecho a esta prestación?

Aquellas personas desempleadas y que han agotado el paro o no tienen cotizado el tiempo mínimo exigido para poder cobrarlo.

Requisitos:

  • Estar desempleados.
  • No tener derecho a cobrar el paro.
  • Estar dado de alta como demandante de empleo.
  • Acreditar la carencia de recursos económicos.

3. Ayudas extraordinarias

Existen dos ayudas extraordinarias que pueden solicitar los desempleados una vez agotada las prestaciones y subsidios por desempleo.

  • Renta Activa de Inserción (RAI)

Consiste en una ayuda económica de 431€/mes durante 11 meses.

¿Quién lo puede solicitar?

  • Desempleados de larga duración mayores de 45 años
  • Desempleados con una discapacidad igual o superior al 33%
  • Víctimas de violencia de género
  • Emigrantes retornados

Requisitos:

  • No tener ingresos superiores a 551.92€/mes
  • No haber sido beneficiario de la misma ayuda en el año inmediatamente anterior.
  • No haber sido beneficiario de la misma más de tres veces, aunque sean en periodos discontinuos.

 

  • Subsidio Extraordinarios por Desempleo (SED)

Se trata de una nueva ayuda que ha entrado en vigor a mediados de 2018 y fijada en una cantidad de 431€/mes durante 6 meses como máximo, y de la que se puede ser beneficiario una única vez.

Requisitos:

  • Desempleados de larga duración (>1año)
  • Haber agotado todas las ayudas disponibles.
  • Acreditar la carencia de recursos económicos.
  • Acreditar tener responsabilidades familiares.
  • Share:

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