EL INGRESO MÍNIMO VITAL

El pasdo 29 de Mayo de 2020, se aprobaba el Ingreso Mínimo Vital, con la apobación del Real Decreto Ley 20/2020 de 29 Mayo.

OBJETO DE LA AYUDA

El objeto de la aprobación del Ingreso Mínimo Vital es paliar la situación de aquellas personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social por carecer de recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas.

¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE?

Pueden ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital las;

  • Personas de una unidad de convivencia en los términos que establece el Real Decreto.
  • Personas de entre 23 y 65 años que vivan solas o que, compartiendo domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en la misma cuando tengan las siguientes circunstancias:
    -No tener vínculo matrimonial o pareja de hecho
    -No formar parte de otra unidad de convivencia (no tendrán que cumplir esta situación aquellas personas víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual).
    -No tener derecho a otro tipo de prestación

 

REQUISITOS

– Tener residencia legal y efectiva en España y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año anterior a la fecha de presentar la solicitud.
– Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica por carecer de rentas, ingresos o patrimonio.
– Estar inscritos como demandantes de empleo y búsqueda activa de empleo.
– Haber vivido de forma independiente durante al menos los 3 años anteriores a la solicitud.
– Será incompatible con la asignación por hijo o menor a cargo.
– Cumplir con los itinerarios marcados por el Organismo encargado de la tramitación y supervisión de la ayuda.

CUANTÍA

El cálculo dependerá de la situación específica de cada solicitante. Se hará el cálculo por la diferencia entre la cuantía de renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de la persona solicitante y el resto de miembros de la unidad de convivencia.
El Organismo de tramitación y supervisión será el Instituto Nacional de Seguridad Social que será el encargado de comprobar el cumplimiento de los requisitos y las obligaciones de las personas que solicitan la ayuda.

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